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29 Enero 2010 EL CIERRE CONTABLE DEL EJERCICIO 2009
Con relación al cierre contable de 2009 recordamos que se pretende preparar la información financiera para una adecuada formulación de las preceptivas cuentas anuales del ejercicio. El paso previo es, pues, el de culminar con todos aquellos cuadres y verificaciones que, si bien no debemos descuidar a lo largo de todo el ejercicio, en el momento del cierre adquieren un carácter especial y definitivo para la razonable corrección de todos los registros contables. Sintéticamente podemos destacar las siguientes: TAREAS A REALIZAR - Conciliaciones definitivas de los saldos de las cuentas de deudores y acreedores, para determinar su adecuación a la realidad. - Conciliación y cuadre, en su caso, de los efectos a cobrar existentes en cartera, con verificación de la posible existencia física de los mismos, así como del saldo de aquéllos que se hallen descontados y aún pendientes de vencimiento, considerando además la información contable y la suministrada por las entidades financieras. - Adecuado análisis de la antigüedad de los saldos de clientes, para dotar, si ello es necesario, las correspondientes provisiones por insolvencias, con anulación, si procede, de las ya existentes por dicho concepto. Es conveniente que contacte tanto con sus proveedores y acreedores como con sus clientes cuyo volumen de facturación anual (incluido IGIC) haya sido superior a 3.005’06 € con el fin de coordinar los importes de las transacciones realizadas con estos. - Conciliaciones definitivas de los saldos de las cuentas de bancos con los extractos de los mismos, determinando si las partidas divergentes obedecen exclusivamente a las diferencias temporales que se producen entre ambos procesos contables, el de la empresa y el de la entidad financiera, debiendo investigar la realidad y efectividad de las mismas. Se trata de un proceso que las empresas, por razones obvias, no suelen ni deben relegar íntegramente para final de año. - Arqueo definitivo del efectivo en caja con los correspondientes registros contables, principalmente para aquel tipo de empresas, cada vez menos frecuentes, en lasque dicho efectivo sigue suponiendo un volumen significativo en sus operaciones de tesorería. - Recuento físico, en su caso, de existencias, verificando su coincidencia con los correspondientes registros contables e investigando y regularizando las posibles diferencias encontradas. Igualmente, deberemos determinar aquellas existencias que puedan verse afectadas de algún tipo de depreciación de carácter reversible, para dotar las correspondientes provisiones y, si existen, la paralela cancelación de las realizadas en ejercicios anteriores. - Cálculo y ajuste, en su caso, de las posibles diferencias de cambio de moneda distinta del euro que afecten a los diferentes saldos contables. - Cálculo y contabilización de las amortizaciones del inmovilizado correspondientes al ejercicio e investigación de su adecuada situación de uso, así como un minucioso control de las bajas de elementos producidas. - Ajuste de la valoración efectuada al cierre del ejercicio de los instrumentos financieros. - Verificación de la coincidencia entre las declaraciones periódicas del ejercicio, trimestrales o mensuales según proceda y los saldos finales pendientes por los distintos conceptos tributarios (IGIC, IRPF retenido, Ingresos a cuenta, Seguridad Social, etc.), según los importes consignados en los distintos registros contables, tanto mercantiles (diario, cuentas de mayor, etc.) como fiscales (registros de facturas recibidas, emitidas, bienes de inversión, etc.), así como la coincidencia, en su caso, de ambos tipos de registros entre sí. - Verificación de la coincidencia del asiento del cierre del ejercicio anterior con el asiento de apertura. - Verificación si se ha realizado el asiento de distribución de resultados. - Traspasar a ingresos la parte correspondiente de las subvenciones en capital que la empresa haya recibido según normativa vigente. IMPORTANTE Éste año y a partir del 12/02/2009 hay que realizar un informe sobre Operaciones Vinculadas, el cuál ha de estar ha disposición de la inspección, recomendamos que éste tipo de operaciones se realicen a precio de mercado. INFORMACIÓN A INCLUIR EN LAS CUENTAS ANUALES - La formulación de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio finalizado el 31/12/2009 se efectuará antes del 31/03/2010. La memoria, aparte de incluir la información exigida en el Plan General de Contabilidad, debe recoger: 1) con relación a la Reserva para Inversiones en Canarias: a) El importe de las dotaciones efectuadas a la reserva con indicación del ejercicio en que se efectuaron. b) El importe de la reserva pendiente de materialización, con indicación del ejercicio en que se hubiera dotado. c) El importe y la fecha de las inversiones, con indicación del ejercicio en que se produjo la dotación de la reserva, así como la identificación de los activos en que se materializa. d) El importe y la fecha de las inversiones anticipadas a la dotación, lo que se hará constar a partir de la memoria correspondiente al ejercicio en que las mismas se materializaron. e) El importe correspondiente a cualquier otro beneficio fiscal devengado con ocasión de cada inversión realizada como consecuencia de la materialización de la RIC. f) El importe de las subvenciones solicitadas o concedidas por cualquier Administración pública con ocasión de cada inversión realizada como consecuencia de la materialización de la RIC. 2) Relación de Operaciones vinculadas que realiza la sociedad con sus socios u otras sociedades explicando el tipo de operación y sus importes así como las características y condiciones de estas.

